Generación Distribuida: La última trinchera energética

Share

Sebastián Guzmán Díaz.pv magazine

Mucho se ha discutido sobre las implicaciones negativas que la reforma aprobada a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) traerán consigo. Para diversos expertos este suceso era algo que con el tiempo y la tajante política energética del gobierno se daría. Sin embargo, lo que es un hecho es que la bien llamada “contrarreforma” no muestra un cambio tan radical y profundo como el imaginado; por lo menos hasta ahora.

La Comisión Federal de Energía bajo la administración de la 4T ha logrado sacar de la Reforma Energética y su modelo de mercado una ventaja. Todo ello sin la necesidad de desarmar por completo su estructura y realizando las modificaciones exactas que le permitieran retomar su rol en el sector de generación, el cual se ha mostrado como prioritario para la administración actual.

Dichas modificaciones fueron ejecutadas con destreza más política que técnica. En donde el cambio en el mecanismo de despacho de las centrales eléctricas por ejemplo, no logró visualizar las implicaciones económicas a largo plazo y de todas las cadenas productivas que giran en torno al sector energético nacional; priorizando el beneficio de una Empresa Productiva del Estado que se aferra a un momento tecnológico en cuanto a sistemas de generación se refiere, que el mundo ha dejado atrás.

Imagen: Pera Energías Renovables

Imagen: Pera Energías Renovables

De todo esto existen grandes perdedores: en primera instancia los Usuarios Calificados, compuestos principalmente por industrias de consumo intensivo, los cuales verán incrementos significativos en sus tarifas debido al aumento en los Precios Marginales Locales (PML), dado el despacho preferente a centrales con mayores costos variables. Gran parte de ellos disponen de contratos de cobertura eléctrica con Suministradores de Servicios Calificados (SSC), que se verán forzados a negociar términos contractuales –en el mejor de los casos– o en su defecto, a transferir dichos incrementos directamente a los usuarios.

En segundo lugar, se encuentran las sociedades de Autoabastecimiento. Una figura creada al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) y que con la Reforma Energética otorgaba la ‘posibilidad’ de migrar a los lineamientos de la LIE con diversas ventajas. Tales como el acceso a Certificados de Energías Limpias (CEL), la conveniencia en el despacho prioritario para generadores con tecnologías de energía limpia y el prescindir de sistemas de almacenamiento, ya que la electricidad generada no sólo sería para consumo propio, sino que podría ser inyectada a la red para su venta y consumo de otros usuarios en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

Sin embargo, la reforma actual faculta a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para la revocación de permisos de este tipo de sociedades de Autoabastecimiento, así como modificarlos en los casos donde haya “fraude a la ley”. Una situación que plantea un marco de incertidumbre sobre las garantías para la continuidad de proyectos y envía un mensaje que los alcances de la “contrarreforma” podrían en un futuro ir más allá de ser necesario y acorde a los intereses que dicte el Ejecutivo.

Imagen: Sebastián Guzmán

Pero ‘de lo perdido, lo ganado’ y es que de todo esto existe un elemento que prevalece y a pesar de la política energética presente, sigue encontrando la oportunidad para seguir creciendo. Ese ganador por llamarle de alguna manera, es la Generación Distribuida.

Este esquema, aunque limitado a 0.5 MW de generación cuenta con elementos importantes a su favor, más allá del hecho de no verse afectado por las modificaciones recientes y demás políticas emprendidas, a logrado a través de sus tres modalidades de contraprestación (Venta Total, Net Billing y Net Metering) un crecimiento constante en los últimos años, contando con un potencial para integrar a más de 40 millones de usuarios bajo alguno de sus esquemas.

Los números de la Generación Distribuida son significativos. Entre 2019 y 2020 registro un incremento en la capacidad instalada del 16 por ciento, con un valor actual de 948.9 MW y 164 mil 534 contratos. A nivel nacional se destacan algunos estados como Jalisco (126.9 MW), Nuevo León (105.3 MW) y el Estado de México (77.5 MW) entre las principales entidades con mayor presencia de este esquema de generación.

Foto: Enersing

Generación Distribuida. Foto: Enersing

Asimismo, existen en la actualidad programas de gobiernos locales basados en el desarrollo de proyectos de Generación Distribuida, los cuales se presentan como ejemplos del éxito en su fomento. Un caso reciente es el proyecto en la Central de Abasto de la Ciudad de México, el cual busca generar un ahorro del 15 por ciento en el gasto anual por consumo de energía (equivalente a reducir 13,852 toneladas de CO2/año).

La continuidad en el impulso de este tipo de proyectos permitirá crear una incidencia de cambio a nivel local, en donde los nichos de oportunidad para su desarrollo pueden comenzar por iniciativas –como el ejemplo anterior– nacidas desde el sector público. Siendo los gobiernos locales lo que propongan los mecanismos de colaboración (en cuanto a financiamiento y gestión técnica se refiere) para propiciar más proyectos como estos en sus localidades.

Este tipo de acciones deben permear a nivel nacional, siendo conscientes los tomadores de decisiones que en ellos se encuentra la oportunidad de contribuir a fomentar esquemas de generación más flexibles y descentralizados. La Generación Distribuida debe ser considerada como la última trinchera energética, la cual permita aprovechar recursos renovables y avanzar en el propósito de Transición Energética que el país y su política energética instrumentada a nivel federal parecen haber abandonado.

Foto: Finsolar

Imagen de archivo de Finsolar

Agradecimientos del Autor: A Diana Flores Navarrete e Iván Munive Castillo, egresados de la Facultad de Derecho de la Barra Nacional de Abogados, por su oportuno análisis e investigación.

Referencias bibliográficas

Ley de Transición Energética. Diario Oficial de la Federación (Versión original del 24 de diciembre de 2015). Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/112838/Ley_de_Transicion_Energetica.pdf
Ley de la Industria Eléctrica. Diario Oficial de la Federación (Última reforma el 6 de noviembre de 2020). Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIElec_061120.pdf
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica. Diario Oficial de la Federación. (Versión original del 9 de marzo de 2021). Disponible en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5613245&fecha=09/03/2021

Disposiciones administrativas de carácter general, los modelos de contrato, la metodología de cálculo de contraprestación y las especificaciones técnicas generales, aplicables a las centrales eléctricas de generación distribuida y generación limpia distribuida. Diario Oficial de la Federación (Versión original del 7 de marzo de 2017). Disponible en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5474790&fecha=07/03/2017
Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit, GmbH. GIZ. (2018). Análisis Costo-Beneficio de la Generación Solar Distribuida en México. Asociación Mexicana de Energía Solar, AC. (ASOLMEX). México. Disponible en: http://biblioteca.olade.org/opac-tmpl/Documentos/cg00734.pdf

Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit, GIZ GmbH. (2018). Nuevas oportunidades de inversión: El auge del sector solar en México. Contexto, Perspectivas y Tendencias. México. GIZ México. Disponible en: https://energypedia.info/images/8/83/GIZ_Guia_Inversion_Solar_Esp.pdf

Fideicomiso para la construcción y operación de la Central de Abasto de la Ciudad de México. FICEDA. Proyecto CEDA Solar. Sistema de generación de energía renovable en espacios de la Central de Abasto de la Ciudad de México. Disponible en: http://ficeda.com.mx/ficeda/app/webroot/_pdfs/PANELES%20SOLARES.pdf

seguzd@gmail.com
Twitter: @seguzdMX

The views and opinions expressed in this article are the author’s own, and do not necessarily reflect those held by pv magazine.

Este contenido está protegido por derechos de autor y no se puede reutilizar. Si desea cooperar con nosotros y desea reutilizar parte de nuestro contenido, contacte: editors@pv-magazine.com.