Sociedades de autoabastecimiento: sector del que surge la multa de la CRE a Iberdrola

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A partir de la multa que la Comisión Reguladora de Energía dio a conocer contra Iberdrola, el fin de semana pasado, Pv magazine México inicia la publicación de una serie de testimonios que sobre el tema, conocedores de la Industria Eléctrica Nacional ofrecen a los lectores de nuestra propuesta informativa. Todos testimonio bienvenidos a nuestro espacio informativo.

Aquí las primeras ideas sobre el tema y son del investigador en temas de energía de la Universidad Nacional Autónoma de México: Víctor Rodríguez Padilla.

Aquí sus testimonios.

Víctor Rodríguez Padilla. Investigador, Universidad Nacional Autónoma de México

Foto: Facultad de Ingeniería, UNAM

“El tema recae sobre el modelo de generación a partir de la figura de autoabastecimiento y nada tiene que ver con energías renovables o con las tres Subastas de Largo Plazo, que surgieron a partir de la Reforma Energética que se gestó en el gobierno del Presidente Peña Nieto.

Lo que hizo la Comisión Reguladora de Energía, la CRE, fue buscar pruebas para confirmar que efectivamente la empresa española estaba vendiendo electricidad fuera de lo aprobado, a través de pruebas periciales y no sólo consideró recibos fiscales, todo ello con el fin de hacer contundente la formulación de la multa.

Este proceso que acaba de iniciar (la multa) seguro irá a parar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Es una multa, un documento que considero está hecho de manera sólida y con mucho fundamento; la idea es hacer frente ya en tribunales en donde seguramente la impugnación llegará, pues la empresa española no se va a dejar, es demasiado dinero de por medio.

Ahora quiero subrayar, este caso sólo tiene que ver con un solo permiso que va del año 2000 a la mitad del 2021; aun faltaría lo restante a esa fecha a lo que va del 2022; por lo tanto, podría venir una segunda multa que comprenda los meses faltantes.

Considero que la CRE está tratando, por el momento, que la empresa cierre temporalmente la planta (Pesquería) para que ya no le llegue una segunda multa.

Es importante recordar, la central en cuestión es una planta de ciclo combinado.

Originalmente este permiso tenía 40 socios; pero la CRE en el 2006, le autorizó la expansión a más de 100 y después lo dejó abierto. Por lo tanto, el tema de las sociedades de autoabasto fue gestado en la propia CRE de aquellos gobiernos.

Aquí, Iberdrola tendría buenos argumentos alegando que las autorizaciones de aquel gobierno del 2006, le dio luz verde y podría decir ‘yo estaba actuando con toda legalidad porque la misma CRE me lo autorizó’, sería uno de los argumentos de Iberdrola.

Por todo lo que veo y por lo que habrá de llegar, el caso se convertirá en un tema excepcional por su importancia y se convertirá en un ‘parteaguas’.

Dependiendo de cómo resuelva la Suprema Corte de Justica de la Nación, a la cual considero llegará el asunto, se habrá de declarar la invalidez de la reforma de aquel lejano 1992, la conocida Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, cuando se permitieron estas figura de generación que entonces eran inconstitucionales. Sobre este tema, la SCJN nunca pudo pronunciarse en aquellos años.

En aquel momento, Manuel Bartlett, entonces senador de la República, hizo todo lo posible y no pudo hacer que el tema llegara a la Suprema Corte y se pronunciara al respecto; pero considerando que hoy el tema llegará ahí, entonces se definirá sí fue o no constitucional esa reforma. Esto sin duda, dará la pauta para que se arregle gran parte del galimatías que estamos viviendo en el sector.

No considero que el asunto de hoy se pueda resolver con el pronunciamiento de la Corte del pasado mes de abril, tendrá que ir más atrás en el tiempo.

Y aquí otra pregunta que surge: ¿Cuántas sociedades de autoabastecimiento hay? Pues un montón.

La resolución-multa de la CRE, me parece que está bien fundada, pues para llegar a esta decisión se tomaron bastante tiempo. Hasta donde tengo conocimiento, la investigación inició este mismo año y lo hicieron del conocimiento de la propia Iberdrola, y le requirieron información necesaria. Por lo tanto, considero que está muy bien hecha la resolución.

Por lo tanto, Iberdrola seguro armará su argumento y llevará el caso a los tribuales necesarios e incluso a los internacionales. En todo este proceso, casi seguro el primer amparo que será otorgado a favor de Iberdrola le emitirá el ya ‘celebre’ juez Fierro, el mismo que ha figurado en estos asuntos jurídicos en los años recientes.

Ahora considero que como hemos atestiguado, los temas legales en asuntos eléctricos han tenido procesos rápidos, y en este caso también veo que este asunto llegará a la SCJN en un máximo de seis a siete meses, esa es mi valoración.

Ahora a todo el mundo y en primer lugar al país, a los actores involucrados les interesa que este asunto se resuelva de manera rápida y en primer lugar, a la misma Iberdrola le interesa establecer claridad.

Sí este caso progresa, me atrevería a decir que sería el punto final de las sociedades de autoabastecimiento, que ya se veía venir con la resolución, insisto, de la SCJN de abril.

También es importante decir, esta decisión de la CRE sólo complementa el proceso porque no es ni siquiera la revocación de los permisos de autoabastecimiento, pues esto es sólo una multa, un proceso paralelo a lo dictaminado por la SCJN.

Otra cosa importante por mencionar. Las sociedades de autoabastecimiento nada tienen que ver con las Subastas de Largo Plazo, ni con energías renovables.

La dinámica de generación de electricidad vía energías renovables seguro será renovada en el próximo gobierno federal, sin importar quien sea el próximo titular del Poder Ejecutivo Federal.

Las centrales de renovables que entraron con las subastas no tienen problema ni sanción: Tienen contratos firmados, contratos amarrados.

El problema de este país en el sector eléctrico es la sobreposición de los modelos organizativos y regulatorios que surge en 1992, y la reforma del 2013, vino a complicar todo el panorama del sector de la industria eléctrica.

El galimatías está en la sociedades de autoabastecimiento ni siquiera en los productores independientes.

 

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