Y se modificaron los criterios

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Las modificaciones que Secretaría de Energía, sugirió para modificar criterios en el otorgamiento de Certificados de Energía Limpia.

Aquí la esencia del texto publicado hoy, en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Primero: Se modifican las fracciones I y II, del numeral 4, primer párrafo, de los Lineamientos que establecen los criterios para el otorgamiento de Certificados de Energías Limpias y los requisitos para su adquisición, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2014, para quedar como sigue:

“4. Tendrán derecho a recibir CEL por un período de hasta por veinte años los Generadores Limpios que representan a:

I. Las Centrales Eléctricas Limpias que hayan entrado en operación con posterioridad al 11 de agosto de 2014.

II. Las Centrales Eléctricas Legadas, previstas en la Ley de la Industria Eléctrica que generen energía eléctrica a partir de fuentes de Energías Limpias.

III. …

Transitorios

Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los Certificados de Energías Limpias otorgados en favor de Centrales Eléctricas Limpias y Centrales Eléctricas Legadas, únicamente podrán acreditar la producción de energía eléctrica con base en fuentes de Energía Limpia a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, por lo que no surtirán sus efectos respecto de actos realizados con anterioridad a esa fecha.

Tercero. Se derogan todas aquellas disposiciones, normas, lineamientos, políticas, criterios y demás normatividad que se oponga a lo establecido en el presente Acuerdo.
Ciudad de México, a 24 de octubre de 2019.- La Secretaria de Energía, Norma Rocío Nahle García.- Rúbrica.

En uno de los considerando publicados en el DOF, se establece:

La Secretaría de Energía manifiesta: “se establece que las Centrales Eléctricas Legadas que generen energía eléctrica a partir de Energías Limpias que hayan entrado en operación antes del 11 de agosto de 2014, tienen derecho a recibir Certificados de Energías Limpias, siempre y cuando hayan realizado un proyecto para aumentar su producción de Energía Limpia, sin que se identificara argumento técnico-económico en el que se justifique la causa por la que deba otorgarse Certificados de Energías Limpias a Centrales Eléctricas Legadas, de manera condicionada a la existencia de un proyecto con las características apuntadas”.

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