![](https://www.pv-magazine-mexico.com/wp-content/uploads/sites/10/2020/05/Sebastián-Guzmán-2-280x280.png)
En las últimas semanas la presentación de la Agenda Legislativa del Grupo Parlamentario de Morena reveló lo que muchos veían venir: la idea de reformar el sector energético.
El documento [1] considera ideas muy particulares y que para sorpresa de propios y extraños, podrían ser catalogadas disonantes con la política energética de la actual administración.
Dichas propuestas presentan elementos que pretenden fortalecer el uso de energías limpias en México.
Así lo describen los siguientes puntos que figuran en la propia agenda:
3. Reforma para el fomento de las energías limpias
6. Reformas legislativas para el fomento, implementación y uso de energías sustentables, renovables y limpias y
18. Reformas legislativas que permitan el desarrollo integral de la tecnología para uso de energía solar y eólica en México
El ideal común sobre el cual convergen estas iniciativas representa un cambio significativo en el oscuro paradigma que el gobierno ha posicionado el desarrollo de las energías limpias a nivel nacional. Sin embargo, para dar cumplimiento a estas propuestas y sus intenciones de reforma, se requiere volcar la mirada a la ley central que define y rige a este ámbito: la Ley de Transición Energética (LTE) [2].
Esta ley creada al abrigo de la Reforma Energética contiene las disposiciones y obligaciones principales en materia de energías limpias y eficiencia energética, estableciendo los mecanismos, metas, actores y elementos de regulación para dichos ámbitos en México.
Como todo instrumento legal, la Ley de Transición Energética (LTE) cuenta con áreas de mejora, las cuales podrían ser aprovechadas para ser reformados y con ello, atender los intereses renovados en materia energética del partido guinda.
En este sentido, algunas de las propuestas que permitirían alcanzar dichos objetivos planteados por la agenda legislativa son:
Propuesta 1: Para dar armonía legislativa entre la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) [3] y la Ley de Transición Energética (LTE) es necesario acotar en este último ordenamiento jurídico las fuentes de energía renovable relacionadas sólo con el viento, sol, océano, geotermia, bioenergéticos e hidro.
Además se requiere adicionar una definición de Generación Distribuida que aluda exclusivamente a Energías Renovables. Lo anterior permite dejar en claro que la desregulación y los beneficios derivado de estas reformas sólo estén limitados a las Energías Renovables con el fin de dar un mayor impulso a este tipo de fuentes de energías en un contexto de Generación Renovable Distribuida. (Huerta, 2020)
Propuesta 2: En esta iniciativa por involucrar en mayor medida a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) como pilar del sector eléctrico nacional, se propone incluirla en el Consejo Consultivo para la Transición Energética como parte de uno de los tres representantes de la industria energética en su carácter de Empresa Productiva del Estado, su papel como parte de este Consejo Consultivo le permitiría orientar su planeación y actividades con la nueva política energética del gobierno y con ello, dar cumplimiento a metas en materia de energías limpias y Eficiencia Energética en los proyectos que ejecute.
Propuesta 3: La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) debe jugar un papel más estratégico y menos secundario relativo a Energías Renovables. Sus atribuciones deben ampliarse en materia de planeación, control y vigilancia entre quienes diseñan la política energética (SENER) y quien ejecuta, particularmente la política eléctrica (CFE).
Si las Energías Renovables, la Transición Energética y el Cambio Climático cruza las atribuciones de las tres entidades públicas, la coordinación es fundamental para contar con los diagnósticos precisos que impacten en el diseño de las políticas públicas y que se vigile su pleno cumplimiento. (Huerta, 2020)
Propuesta 4: Se sugiere establecer un marco que obligue a las diversas entidades y dependencias de la Administración Pública Federal la implementación de sistemas de Generación Solar Distribuida, esta disposición deberá ser vinculante con los programas que desde tiempo atrás fomentan el desarrollo de proyectos de Eficiencia Energética en el sector público. Una reforma orientada en este sentido, permitiría una gestión de “predicar con el ejemplo” y la cual podría favorecerse del apoyo de entidades multilaterales para el financiamiento de determinados proyectos.
Propuesta 5: Se sugiere tener una mayor coordinación entre la SEMARNAT y la SENER para regular y promover el uso de fuentes de Energías Renovables. Para lo anterior hay que reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federa (LOAPF) [4] para fortalecer dicha coordinación. Para el caso del instrumento de planeación denominado Estrategia de Transición para Promover el Uso de Tecnologías y Combustibles más Limpios; la SEMARNAT deberá operar favorablemente este instrumento junto con la SENER; para ello la Ley de Transición Energética (LTE) deberá ser modificada en este sentido. (Huerta, 2020)
Referencias
E-mail: seguzd@gmail.com
Twitter: @seguzdMX
The views and opinions expressed in this article are the author’s own, and do not necessarily reflect those held by pv magazine.
Este contenido está protegido por derechos de autor y no se puede reutilizar. Si desea cooperar con nosotros y desea reutilizar parte de nuestro contenido, contacte: editors@pv-magazine.com.
Al enviar este formulario, usted acepta que pv magazine utilice sus datos con el fin de publicar su comentario.
Sus datos personales solo se divulgarán o transmitirán a terceros para evitar el filtrado de spam o si es necesario para el mantenimiento técnico del sitio web. Cualquier otra transferencia a terceros no tendrá lugar a menos que esté justificada sobre la base de las regulaciones de protección de datos aplicables o si pv magazine está legalmente obligado a hacerlo.
Puede revocar este consentimiento en cualquier momento con efecto para el futuro, en cuyo caso sus datos personales se eliminarán inmediatamente. De lo contrario, sus datos serán eliminados cuando pv magazine haya procesado su solicitud o si se ha cumplido el propósito del almacenamiento de datos.
Puede encontrar más información sobre privacidad de datos en nuestra Política de protección de datos.