Adicionalmente el SEN es un sistema dinámico que crece con sus usuarios conforme la economía, población, nuevas tecnologías y el emprendimiento mexicano; las siguientes dos gráficas presentan las estimaciones de crecimiento hasta el 2037. La primer gráfica muestra el pronóstico de demanda con crecimiento entre 2.2 y 2.9 % anual.
Fuente: https://www.cenace.gob.mx/Paginas/SIM/ProgramaRNT_RDG.aspx.
Y la siguiente gráfica muestra el pronóstico de consumo con crecimiento entre 2.1 y 2.9 % anual.
Fuente: https://www.cenace.gob.mx/Paginas/SIM/ProgramaRNT_RDG.aspx.
Sintetizando las tres gráficas anteriores tenemos el pronóstico de incremento por usuario del SEN hacia el 2037, donde se muestra que los usuarios en Media y Alta Tensión tendrán crecimientos superiores al pronóstico planeado, enfatizando la necesidad de contar con UI certificadas y reguladas por la CRE.
Fuente: https://www.cenace.gob.mx/Paginas/SIM/ProgramaRNT_RDG.aspx.
UI para Generación Distribuida y Renovables
Cualquier central de generación requiere un control de energía reactiva y regulación de tensión y frecuencia para no afectar al SEN y mantener la continuidad del suministro a pesar de la intermitencia de algunas fuentes de energía. Estos puntos se controlan en las plantas generadoras síncronas, pero en las centrales para generación distribuida o renovables (asíncronas) aplican los mismos controles para evitar afectar el factor de potencia, aumentar el contenido de armónicas, mantener la estabilidad de la tensión y frecuencia y evitar la discontinuidad que originan inestabilidad y falta de confiabilidad y decremento de la seguridad del SEN.
Actualmente el CR contempla la siguiente clasificación para centrales eléctricas:
Fuente: https://www.cenace.gob.mx/Paginas/SIM/ProgramaRNT_RDG.aspx.
El CR solamente contempla la exigencia de los parámetros a cumplir para las centrales tipo B, C y D dejando fuera la tipo A que han tenido incrementos y participaciones relevantes en la Generación Distribuida (GD). Estas centrales solamente están reguladas por sus DACG y no por el CR. Actualmente solo se utiliza la NOM 001 SEDE, que fue publicada hace 11 años (2012) y que está basada en el National Electric CODE (NEC), cuya última v versión publicada fue en el presente año (2023). Por lo que tenemos un atraso de más de once años en cuestión de instalaciones en Baja Tensión.
Por otro lado, de acuerdo con datos del Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) a finales del 2022 la mayoría de las plantas de GD eran Fotovoltaicas comparadas con las otras fuentes de energía.
Fuente: https://www.cenace.gob.mx/Paginas/SIM/ProgramaRNT_RDG.aspx.
Este contenido está protegido por derechos de autor y no se puede reutilizar. Si desea cooperar con nosotros y desea reutilizar parte de nuestro contenido, contacte: editors@pv-magazine.com.
Al enviar este formulario, usted acepta que pv magazine utilice sus datos con el fin de publicar su comentario.
Sus datos personales solo se divulgarán o transmitirán a terceros para evitar el filtrado de spam o si es necesario para el mantenimiento técnico del sitio web. Cualquier otra transferencia a terceros no tendrá lugar a menos que esté justificada sobre la base de las regulaciones de protección de datos aplicables o si pv magazine está legalmente obligado a hacerlo.
Puede revocar este consentimiento en cualquier momento con efecto para el futuro, en cuyo caso sus datos personales se eliminarán inmediatamente. De lo contrario, sus datos serán eliminados cuando pv magazine haya procesado su solicitud o si se ha cumplido el propósito del almacenamiento de datos.
Puede encontrar más información sobre privacidad de datos en nuestra Política de protección de datos.