Llega la generación distribuida a 5 MW en Guatemala

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En la opinión de Ottoniel Alfaro Díaz

Entre los pasillos concurridos tanto por distribuidores, instaladores y empresas de manufactura de equipos fotovoltaicos presentes en la Expo Guadalajara, sede hoy del escaparate más grande de energía solar de la República Mexicana, nos encontramos con Ottoniel Alfaro Díaz, Presidente de la Asociación de Autoproductores con Energías Renovables de Guatemala, una asociación con membresía en constante crecimiento en el país fronterizo al sur de México.

Tras una larga charla con Ottoniel, pv magazine le formuló la invitación editorial para que nos describiera puntualmente cómo opera la fotovoltaica guatemalteca, el modelo de generación distribuida y quienes participan en la que es conocida como la Asociación de Autoproductores con Energías Renovables de Guatemala, que por sus siglas AAERG es renombrada en toda la región centroamericana y que busca alianzas con actores de la industria solar mexicana.

Aquí los puntos más relevantes del presidente de la AAERG, el cual estará al frente de la asociación hasta el año 2024.

“Enfoque NEXO en Centroamérica: nuevas estrategias para promover el desarrollo de riego en áreas rurales. Imagen de archivo de la CEPAL

«En marzo de 2023 nace la Asociación de Autoproductores con Energías Renovables de Guatemala (AAERG) buscando activamente ser un canal de comunicación y propuestas directas para la protección de los derechos de los autoproductores (autoconsumo) de energía renovable en Guatemala.

Actualmente la AAERG cuenta con 22 asociados activos dentro de los cuales destacan hoteles, centros educativos, entidades de apoyo social entre otros; cualquier persona individual o jurídica puede formar parte de dicha asociación. Debido al carácter de la misma para pertenecer es suficiente cumplir con:

• Ser Autoproductor de acuerdo con la normativa vigente
• Llenar el formulario de inscripción a la asociación

Actualmente la AAERG funciona con una junta directiva con vigencia de un año; para el período 2023 – 2024 se eligió a Ottoniel Alfaro Díaz como presidente.

Como dato importante se destaca que desde el año 2008 se emitió y publicó la Norma Técnica de Generación Distribuida Renovable y Usuarios Autoproductores con Excedentes de Energía (NTGDR); sin embargo, es hasta el año 2014 cuando se emitió la Resolución CNEE-227-2014; la cual a la fecha se encuentra vigente y le da vida técnica y legal a este tipo de proyectos.

Generación Distribuida en México. Techos Solares. Imagen de archivo de Pera Energías

Imagen de archivo de Pera Energías

De los puntos más importantes de dicha normativa destacan:

• Generación Distribuida Renovable: Es la modalidad de generación de electricidad, producida por unidades de tecnologías de generación con recursos renovables, que se conectan a instalaciones de distribución cuyo aporte de potencia neto es inferior o igual a cinco megavatios (5 MW).

• Tecnologías con Recursos Renovables: Son aquellas que se utilizan para la generación de energía eléctrica, utilizando fuentes de energía, tales como:

1. Solar: energía obtenida de la radiación solar

2. Eólica: energía producida por el viento

3. Biomasa: energía derivada de cualquier tipo de materia orgánica y biodegradable, de origen vegetal o animal, que puede usarse directamente como combustible o ser convertida en otras fuentes energéticas antes de la combustión, incluye Biogás

4. Geotérmica: energía producida por medio del calor natural de la tierra, que puede extraerse del vapor, agua, gases, excluidos los hidrocarburos, o a través de fluidos inyectados artificialmente para este fin.

5. Hidráulica: energía producida por el agua.

6. Otras: las que determine posteriormente el Ministerio de Energía y Minas.

Usuario Autoproductor con Excedentes de Energía: Es el Usuario del Sistema de Distribución que inyecta energía eléctrica a dicho sistema, producida por generación con fuentes de energía renovable, ubicada dentro de sus instalaciones de consumo, y que no recibe remuneración por dichos excedentes.

Lectura y crédito por energía inyectada al Sistema de Distribución por parte de Usuarios Autoproductores con Excedentes de Energía (“Net metering”). Los Usuarios Autoproductores con Excedentes de Energía no recibirán ningún tipo de pago por la energía eléctrica inyectada al Sistema de Distribución. Para efectos de la facturación mensual del usuario, el distribuidor leerá cada mes los registros del medidor correspondiente; si la medición neta del mes corresponde a un consumo de energía, cobrará dicho consumo al usuario, de conformidad con la tarifa que le corresponda; por el contrario, si la medición neta corresponde a una inyección de energía del usuario hacia el Sistema de Distribución, el distribuidor se la reconocerá como crédito de energía a favor del usuario hasta que dicho crédito sea agotado.

De lo anterior expuesto en normativa y de acuerdo con los estatutos de la AAERG se debe proponer en un plazo razonable la inclusión del Almacenamiento de Energía (Energy Storage) de fuentes renovables así como otros medios de compensación y no sólo el «Net Metering» ; como asociación debemos velar por que los asociados tengan varias opciones para garantizar el retorno de su inversión en dichos proyectos.

Como misión de la AAERG destaca la capacitación constante de sus asociados y público en general para promover dichas tecnologías.

En conclusión, la AAERG deberá ser un foro de discusión abierto a todas las ideas y propuestas en el desarrollo de nuevas tecnologías de energía renovable y propuestas en nuevas leyes y normas.»

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