La Cámara de Diputados desechó el dictamen que reformaría los artículos 4º, 25, 27 y 28 de la Constitución Política, en materia de energía y de acceso a la energía eléctrica, luego de que en la votación en lo general no alcanzó la mayoría calificada (de dos terceras partes de las y los legisladores presentes), al recibir 275 votos a favor, cero abstenciones y 223 en contra.
El documento de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Energía, derivó de una iniciativa presentada por el Presidente de la República.
El Presidente de la Mesa Directiva, diputado Sergio Gutiérrez Luna expresó que, al no alcanzarse la mayoría calificada, “con fundamento en lo que dispone la fracción g) del artículo 72 constitucional y en términos del artículo 232 numeral I del Reglamento de la Cámara de Diputados, se desecha el proyecto de decreto”.
Indicó que las diputadas y los diputados del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano retiraron el voto particular que presentaron ante las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Energía, “por lo que se tiene por retirado y no se procede a su discusión”.
El dictamen, que contemplaba diez artículos transitorios, fue fundamentado por los presidentes de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, diputado Juan Ramiro Robledo Ruiz (Morena) y de Energía, diputado Manuel Rodríguez González (Morena).
Además, diputadas y diputados de los grupos parlamentarios de Morena, PAN, PRI, PVEM, PT, MC y PRD, expresaron su posicionamiento en torno al dictamen, y emitieron sus posturas a favor y contra.
Para la discusión particular se habían reservado el título del dictamen; los capítulos denominados: método, a) trámite legislativo, b) contenido de la iniciativa, c) impacto presupuestal, d) opinión, e) foros de Parlamento Abierto, f) consideraciones, g) sentido dictamen y h) texto normativo.
Además, la leyenda Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 11 días del mes de abril del 2022 por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Energía.
Del artículo único del proyecto de decreto, los artículos: 4, 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos transitorios: Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo, Octavo, Noveno y Décimo.
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