México incorpora por primera vez a los sistemas de almacenamiento con baterías (BESS) dentro de la Manifestación de Impacto Social obligatoria mediante la publicación de la Secretaría de Energía (Sener) en el Diario Oficial de la Federación de la MISSE (Manifestación de Impacto Social del Sector Energético) 2026, que establece una clasificación de proyectos según su capacidad en MWh y fija mayores exigencias regulatorias para aquellos superiores a 250 MWh, lo que modifica de forma directa la planificación técnica, financiera y territorial del almacenamiento utility-scale en el país.
Clasificación por capacidad: formatos A, B y C
La norma introduce una segmentación por capacidad instalada en MWh.
El Formato A aplica a sistemas de menor escala y exige una evaluación social básica: identificación del área de influencia, caracterización general del entorno y descripción preliminar de impactos, junto con medidas estándar de mitigación. Se trata de un procedimiento simplificado pensado para proyectos con incidencia territorial acotada.
El Formato B corresponde a proyectos de capacidad intermedia y eleva el nivel de exigencia técnica y documental. Requiere una delimitación más precisa de las áreas de influencia directa e indirecta, análisis detallado de actores sociales, evaluación estructurada de impactos y la presentación de un Plan de Gestión Social con metas, presupuesto estimado e indicadores verificables. En el caso del almacenamiento eléctrico, esta segmentación introduce un criterio cuantitativo -los MWh instalados- que define desde la etapa de ingeniería el alcance de las obligaciones sociales y regulatorias.
Los proyectos que superen los 250 MWh quedan encuadrados en el Formato C, el nivel de mayor exigencia documental y de análisis, equiparable al requerido para centrales de generación de gran escala. Este punto impacta directamente en la estructuración de proyectos utility-scale y en la definición de cronogramas.
Plan de Gestión Social y estructura de costos
La MISSE 2026 formaliza la obligación de presentar un Plan de Gestión Social que incluya estimaciones anuales de inversión, definición de beneficios compartidos e indicadores verificables de seguimiento. Este requisito incorpora el componente social en la arquitectura financiera del proyecto desde la etapa de ingeniería, con efectos sobre CAPEX y OPEX.
Asimismo, en zonas con presencia indígena o comunidades afromexicanas puede activarse el proceso de Consulta Previa, lo que transforma la selección del sitio en una decisión estratégica de gestión territorial y riesgo regulatorio.
La regulación también contempla causales explícitas de suspensión o revocación ante incumplimientos, un aspecto relevante para sistemas que puedan cumplir funciones críticas como respaldo de red o estabilidad de frecuencia dentro del Sistema Eléctrico Nacional.
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